Toluca, Estado de México, 6 de agosto de 2026.— El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió, por mayoría de votos, que Juan Gabriel Salazar Martínez, exdirector de Comunicación Social del Ayuntamiento de Ecatepec, cometió Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG) en perjuicio de la hoy presidenta municipal de Ecatepec, Azucena Cisneros Coss.

Durante la sesión pública celebrada por videoconferencia, las magistraturas determinaron que, tras el análisis de las pruebas recabadas, quedó acreditado que Salazar Martínez financió, durante el proceso electoral de 2024 para la renovación de los ayuntamientos, la difusión de un video en redes sociales con expresiones sustentadas en estereotipos de género que vulneraron la dignidad de la denunciante.

Como parte de la resolución, el TEEM ordenó al exfuncionario retirar las publicaciones denunciadas de la red social Facebook y emitir una disculpa pública, la cual deberá permanecer visible durante 18 días naturales en esa plataforma.

Además, el Tribunal instruyó que Juan Gabriel Salazar Martínez tome un curso de capacitación en materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género impartido por la Secretaría de las Mujeres del Estado de México.

Asimismo, se dio vista al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) para que el exservidor público sea inscrito en los registros nacional y estatal de personas sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, por un periodo de un año contado a partir de que la sentencia cause efectos, dentro del expediente PES/247/2024.

En contraste, el Tribunal declaró la inexistencia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género respecto del resto de las personas denunciadas, así como la inexistencia de la calumnia que también fue materia de la queja.

La resolución fue emitida en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al resolver el juicio ST-JDC-118/2026, con lo que se dio cumplimiento a la revisión del caso por la instancia federal.