La diputada morenista, María José Pérez Domínguez, presentó una iniciativa legislativa para delimitar las atribuciones de la Contraloría del Poder Legislativo, a fin de que trabaje exclusivamente en la investigación, substanciación y calificación de las faltas administrativas cometidas por las personas servidoras públicas y funcionarias adscritas al Congreso local.
La propuesta, resaltó la diputada, tiene como finalidad mejorar las tareas de la dependencia, a la cual también se le cambiaría su denominación a “Contraloría Interna de la Legislatura”.
De esta manera, explicó, dado que, si tiene que ejercer su función fiscalizadora en otros entes, se auxiliará del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM).
Pérez Domínguez, aseveró que la investigación, substanciación y calificación de las faltas administrativas deben estar a cargo de los órganos internos de control de cada una de las entidades involucradas, no sólo de la contraloría legislativa.
Aunado a ello, propuso a nombre de la fracción, que la persona titular de la contraloría sea nombrada por el pleno legislativo para un periodo de cuatro años, a través de una terna que presente la Junta de Coordinación Política JUCOPO.
Para este cargo, se establecen como requisitos: contar con la ciudadanía mexiquense en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos; no haber sido condenado, mediante sentencia ejecutoria, por delito grave o doloso de carácter patrimonial, ni sancionado con destitución del empleo, cargo o comisión, o inhabilitación en procedimiento de responsabilidad administrativa.
Asimismo, poseer título profesional en las áreas jurídicas, económicas o contables–administrativas, con experiencia profesional mínima de tres años.
Señaló que, en casos de faltas administrativas, catalogadas como graves, la contraloría deberá turnarlas al OSFEM o al Tribunal de Justicia Administrativa estatal, según corresponda.
La iniciativa plantea reformas a la Ley Orgánica y al Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, así como a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.